El arraigo social es una de las vías más comunes para obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

Los inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular sin una autorización de estancia o residencia pueden solicitar el permiso de residencia atendiendo a la situación de arraigo personal de la persona en España. Existen tres tipo de arraigo

  • El Arraigo laboral: Se da, si el inmigrante ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses.
  • El Arraigo social: Se da, si el inmigrante ha permanecido en España al menos tres años, cuenta con un contrato de trabajo y acredite vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.
  • El Arraigo familiar: Se da, si el inmigrante es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien, si son  padre o madre de un menor de nacionalidad española.